Opinión
Un año de "eficiencia": más obstáculos y menos justicia
"El problema es conocido: la Justicia no da votos. No existe un electorado que aplauda con entusiasmo la apertura de juzgados o el refuerzo de plantillas"

Actualizado el 15/04/2026 a las 08:18
Hace ahora un año entró en vigor uno de los engendros legislativos más relevantes de los últimos tiempos: la Ley Orgánica 1/2025 de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia. Su propio nombre contiene una ironía difícil de pasar por alto, porque bajo la etiqueta de “eficiencia” se esconde, en la práctica, una limitación del acceso de la ciudadanía a un servicio esencial en cualquier Estado de derecho. La norma vino a imponer al ciudadano una suerte de obligación moral previa: portarse bien antes de acudir al juez. Traducido al lenguaje jurídico, esto significa que no se admite a trámite una demanda sin acreditar que se ha intentado antes un acuerdo mediante alguno de los denominados “métodos adecuados de solución de controversias” (MASC), es decir, cualquier forma de actividad negociadora previa. Resulta, cuando menos, llamativo que para el legislador la sentencia de un juez parezca haber dejado de ser, por sí misma, un “método adecuado” de resolución de conflictos. La norma rozaba peligrosamente el principio de tutela judicial efectiva, consagrado en la Constitución. No se trata de un derecho menor ni disponible: cuando surge un problema jurídico, cualquier ciudadano puede acudir a un juez sin verse obligado a superar previamente una carrera de obstáculos. Convertir ese acceso en un privilegio condicionado es, sencillamente, alterar la lógica del sistema.
¿ERES SUSCRIPTOR? AQUÍ TIENES MÁS INFORMACIÓN SOBRE ESTE TEMA
Amplía la información sobre OPINIÓN en la edición e-paper de Diario de Navarra, disponible a diario para suscriptores de papel y PDF
A esta objeción de fondo se suma, además, una premisa de partida seriamente discutible: que las partes (o más concretamente, sus abogados) no intentaban ya alcanzar acuerdos antes de litigar. La realidad era justo la contraria. Difícilmente puede encontrarse un solo pleito que haya llegado a los tribunales sin que se haya explorado una solución amistosa. Y ello sin necesidad de una norma que obligue a hacerlo. La negociación no es un descubrimiento del legislador; es la práctica habitual de la abogacía. Sea como fuere, lo que verdaderamente subyace en la ley no es una vocación pedagógica, sino una intención utilitarista: desatascar los juzgados. Ocurre, sin embargo, que ese loable objetivo no se alcanza levantando barreras de acceso, sino dotando de medios al sistema. El problema es bien conocido: la Justicia no da votos. No existe un electorado que aplauda con entusiasmo la apertura de nuevos juzgados o el refuerzo de plantillas. Y así, en lugar de invertir, se opta por restringir.
El paralelismo resulta casi caricaturesco: sería como pretender descongestionar el sistema sanitario negando una cama a un enfermo hasta que acredite haber probado previamente remedios alternativos, hierbas o terapias de dudosa eficacia. En la sanidad nos parecería un disparate. En la Justicia, por lo visto, se legisla sin rubor en esa dirección, olvidando que su eficiencia no se mide por el número de filtros que se interponen antes de llegar al juez, sino por su capacidad real para ofrecer respuestas fiables, ágiles y accesibles. Cuando los requisitos previos generan demoras, incertidumbre o costes añadidos, dejan de ser instrumentos útiles y se convierten en barreras. Un año después, el balance no puede ser más desalentador. La introducción de los MASC ha generado una notable inseguridad jurídica, tanto en los órganos judiciales como entre los profesionales del Derecho, con una cascada de inadmisiones de demandas, resoluciones que rozan lo absurdo y una proliferación de criterios tan dispares como órganos judiciales existen. Un auténtico reino de taifas en el que el ciudadano navega sin brújula.
Mientras tanto, el sistema ha encontrado nuevos beneficiarios: el incumplidor y el moroso. Quien deja de pagar sabe que, antes de enfrentarse a una demanda, el acreedor tendrá que atravesar un laberinto de intentos de acuerdo, plazos y formalidades. La dilación se convierte así en una estrategia y la picaresca encuentra un terreno fértil. Conviene recordarlo: el problema de la Justicia no se resuelve dificultando su acceso, sino mejorando su funcionamiento. Y eso pasa inevitablemente por la inversión. Si el ministro Bolaños tiene verdadero interés en la eficiencia del sistema, haría bien en concentrar sus esfuerzos en obtener recursos y en reforzar las estructuras judiciales. Claro que para eso hacen falta presupuestos. Y el Gobierno ni siquiera ha presentado uno en lo que va de legislatura. Resulta llamativo que Sánchez pueda incumplir la obligación constitucional de remitir a las Cortes el proyecto de presupuestos sin que ocurra nada. Intente cualquier ciudadano incumplir sus obligaciones fiscales y comprobará que el trato no es, precisamente, simétrico. Quizá este primer aniversario sea una buena ocasión para una reflexión honesta. Y, por qué no decirlo, para una rectificación. Derogar esta norma no sería un gesto de debilidad, sino de responsabilidad. Reabrir las puertas de los tribunales a los ciudadanos no es una concesión: es la esencia misma del Estado de derecho. Al fin y al cabo, para eso pagamos impuestos.
Ignacio del Burgo AzpÍroz. Abogado
